
La aprobación del Real Decreto-ley 1/2012 por el que se procede a la suspensión de los procedimientos de preasignación de retribución en las nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial es una catastrófica noticia para la economía gallega, y en particular para aquellos sectores ligados al mundo de las instalaciones eléctricas. Galicia es una comunidad con un inmenso potencial eólico e hidroeléctrico (líder nacional en estos importantes recursos) y además hay otras instalaciones del Régimen Especial que también han dado buenos resultados económicos (fotovoltaicas, biomasa, cogeneración…).
La Ley 54/1997 del Sector Eléctrico distingue entre instalaciones del Régimen Ordinario (las que utilizan fuentes convencionales como carbón, gas natural, derivados petrolíferos o combustible nuclear) del Régimen Especial (renovables, cogeneración, tratamiento de residuos sólidos urbanos, lodos de depuradoras, residuos vegetales… y en general aquellas formas de producción eléctrica que son respetuosas con el medio ambiente). Las instalaciones del Régimen Especial se caracterizan por un coste de producción más elevado y la Ley 54/1997 decreta su prioridad a la hora de producir electricidad frente a las fuentes tradicionales. La característica más importante de esta prioridad es la existencia de una prima a la producción de electricidad de origen renovable; dicha prima consiste en un sobreprecio que se paga a cada kWh que se produce para compensar que sea más caro la producción “verde”, por ejemplo para producir un kWh de electricidad nuclear necesitamos gastar unos 3 c€, si proviene del gas natural son unos 5 c€ mientras que la eólica puede llegar a los 8 c€ y la fotovoltaica se dispara hasta los 35 c€; para vencer esta diferencia en los costes las renovables reciben una subvención denominada prima, que las hace competitivas.
Desde la aprobación del Protocolo de Kyoto (1997) las políticas energéticas desarrolladas en España buscaron la reducción de las emisiones de CO2, por lo que se realizaron importantes esfuerzos apostando por las fuentes del Régimen Especial (mucho menos contaminantes que las convencionales); estas tenían un coste de producción más elevado aunque los beneficios para la sociedad (no emisión de Gases de Efecto Invernadero, creación de puestos de trabajo, impacto ambiental mucho menor…) compensaban con creces este sobrecoste. Durante los primeros años el sobrecoste no era importante porque la potencia total de estas centrales era mucho menor que la tradicional; esta situación ha ido cambiando y el Ministerio de Industria ha considerado que era necesario frenar el número de centrales eléctricas con derecho a cobrar las primas, aunque las que entraron en funcionamiento hasta 2012 siguen manteniendo el mismo régimen económico.
Para obtener la calificación de instalación del Régimen Especial es necesario que las nuevas instalaciones figuren en el Registro de Preasignación; las condiciones para figurar en él son sencillas (pertenecer a una tecnología poco contaminante, pagar un aval, autorización administrativa de la Consellería de Industria…) y sin figurar en él no es posible recibir la prima de producción, sin esta prima las centrales no serían nunca rentables porque la venta de energía nunca compensaría los costes de implantación.
Para obtener la calificación de instalación del Régimen Especial es necesario que las nuevas instalaciones figuren en el Registro de Preasignación; las condiciones para figurar en él son sencillas (pertenecer a una tecnología poco contaminante, pagar un aval, autorización administrativa de la Consellería de Industria…) y sin figurar en él no es posible recibir la prima de producción, sin esta prima las centrales no serían nunca rentables porque la venta de energía nunca compensaría los costes de implantación.
Galicia es una comunidad muy afectada por la aprobación de este Real Decreto Ley; hasta enero de 2012 existían proyectos de minicentrales hidroeléctricas, biomasa o fotovoltaicas que no se iniciarán pero en el caso de las eólicas este Real Decreto es una noticia especialmente grave. En 2008 el gobierno bipartito adjudicó un concurso para la implantación de 2.350 MW y dos años después el nuevo gobierno de la Xunta anuló este “reparto eólico” y procedió a la convocatoria de un nuevo concurso; el nuevo reparto vio la luz en 2010, y ya fue en principio demasiado tardío, porque estaba momentáneamente cerrado el Registro de Preasignación; al aprobarse el Real Decreto Ley 1/2012 este cierre provisional se convierte en definitivo, de forma que las centrales eólicas autorizadas en 2010 no cobrarán las primas y es improbable que lleguen a materializarse.
Los 2.350 MW del último reparto se traducirían en una inversión de unos 1.300 millones de euros y la generación de unos 3.000 puestos de trabajo directos en la fase de construcción; estos podrían convertirse en unos 300 ó 400 puestos permanentes para la realización de las tareas de mantenimiento una vez que los nuevos parques eólicos entren en funcionamiento. A estas cifras le deberíamos añadir los miles de empleos inducidos (el Conselleiro de Industria Javier Guerra elevaba esta cifra a 13.000 puestos), el cobro de alquileres para los propietarios del suelo y la creación de puestos de trabajo en empresas del sector con vinculación autonómica; además el ciudadano se beneficiaría de la mejora de las infraestructuras viarias donde se ubicarían los nuevos parques eólicos y teóricamente se le daría prioridad a los trabajadores de las zonas en las que se implantarían los nuevos parques eólicos.