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Un año desde la paralización del sector de las renovables para la generación eléctrica


El pasado 28 de enero se cumplió el primer aniversario de la aprobación del Real Decreto Ley 1/2012; este Real Decreto Ley ha supuesto un serio varapalo para el sector de las renovables a lo largo de 2012 y en caso de no derogarse rápidamente se adivina un oscuro panorama mientras esté en vigor. El Real Decreto-Ley 1/2012 por el que se procede a la suspensión de los procedimientos de preasignación de retribución en las nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica en Régimen Especial anula el derecho de las nuevas instalaciones a la percepción de primas por la generación eléctrica, suponiendo en la práctica el freno de un sector que ha sido puntero en España a lo largo de los últimos años. 

La Ley 54/1997 del Sector Eléctrico distingue entre las tecnologías del Régimen Ordinario y del Régimen Especial, incluyendo en este segundo grupo las fuentes renovables (eólica, biomasa, minihidráulica, solar fotovoltaica…) y otras formas de alta intensidad energética (cogeneración, aprovechamiento de lodos de depuradoras, incineración de Residuos Sólidos Urbanos…) caracterizadas en general por un menor impacto ambiental; mientras tanto el Régimen Ordinario incluye a las fuentes convencionales como son la nuclear, gas natural, carbón o el uso de derivados petrolíferos para la generación eléctrica. Debido a que el coste de producir electricidad usando tecnologías del Régimen Especial es superior al Régimen Ordinario la Ley del Sector Eléctrico marca un régimen normativo que favorece al primero con diversas herramientas, siendo la más importante las primas a la producción. El precio de venta de la electricidad producida mediante centrales del Régimen Ordinario está regulado por un mercado de casación de oferta y demanda mientras que para el Régimen Especial existe una cantidad a mayores entregada por cada kWh denominada prima, cuyo valor depende de la tecnología usada así como de la fecha de puesta en marcha de la instalación; por ejemplo mientras que la energía del Régimen Ordinario tiene un coste de venta en el mercado de oferta-demanda de unos cinco céntimos de € por cada kWh la fotovoltaica puede venderse a unos treinta y cuatro, los veintinueve céntimos de diferencia son la denominada prima. Para que una instalación pueda cobrar las primas por la generación es necesario que figure en el Registro de Preasignación, y las instalaciones que a día 28 de enero no figuraban en él no tienen este derecho a percibirlas. 

El coste de producción de electricidad usando en el Régimen Especial es superior que en el caso del Régimen Ordinario, por lo que es imprescindible incentivarlo económicamente mediante estas ayudas; así el objeto de las primas es conseguir que el promotor de una nueva instalación tenga garantizada una cierta rentabilidad, cuando ésta tiene una buena ubicación y un régimen de operación razonable. Los importes de las primas se calculan garantizando que las instalaciones con las mejores localizaciones tengan una rentabilidad y periodos de retorno razonables, a medida que los regímenes de operación y ubicación se alejan del óptimo esta rentabilidad se ve recortada hasta ser negativas las inversiones más “descabelladas”; las primas han supuesto un importe de miles de millones de euros a lo largo de los últimos años, y con una tendencia creciente hasta aprobarse el Real Decreto Ley 1/2012. 

El Ministerio de Industria ha suspendido temporalmente el Registro de Preasignación alegando que las primas encarecían la electricidad a través del Déficit Tarifario, cosa que aunque tiene cierta lógica debe matizarse. El Déficit Tarifario es una deuda que todos los consumidores tenemos por un desfase entre los costes reales de la energía para las comercializadoras (el coste que se le paga a las productoras) y el coste final para el consumidor, ya que durante la última década el precio abonado por las comercializadoras ha sido superior que el cobrado a los consumidores finales y que a día de hoy supone un desfase de unos 30.000 millones de euros. Los motivos de este Déficit son varios y no sólo las primas, sino que también influyen los pagos por la interrumpibilidad del suministro a grandes consumidores (que raras veces se interrumpe), la distribución eléctrica o los pagos por capacidad. El Déficit Tarifario es un serio problema y no parece que la solución más lógica sea volcar toda la culpabilidad del mismo sobre el sector de las renovables. 

Considero imprescindible la derogación urgente de este Real Decreto-Ley y un nuevo marco jurídico que premie la producción eléctrica de origen renovable y renueve las primas a la electricidad “verde”. El sector de las renovables ha sido pujante a lo largo de los últimos años y ha provocado las sinergia de esfuerzos entre investigación, formación, divulgación… que han mejorado la tecnología y conseguido una rebaja en los preciso de implantación de las nuevas centrales. Durante las últimas décadas el precio de cada kW eólico o fotovoltaico se ha reducido a la mitad debidos a los costes de escala (las instalaciones cada vez son más grandes), al fomento de la competencia entre fabricantes y a unos titánicos esfuerzos en investigación. En un contexto de crisis como el actual quizás no sea factible mantener los importes de las primas, pero al menos sí se deben asegurar para que las centrales situadas en las mejores ubicaciones puedan ser rentables.

Por Dr. Fernando Blanco Silva, ingeniero industrial y Responsable de Energía y Sostenibilidad de la Universidad de Santiago de Compostela.